Nuestro Centro
Junta de Centro
La Junta de Centro Regional es el Máximo Órgano del Centro Regional de Chiriquí, y está integrado en la forma que establece el artículo 29 de la Ley 17 del 9 de octubre de 1984, reformada a través de la Ley 57 del 26 de julio de 1996 (en adelante la Ley Orgánica).
La Junta de Centros Regionales estará integrada de la siguiente forma:
a. El Director del Centro, quien la presidirá;
b. El representante de Bienestar Estudiantil;
c. Un (1) representante del Sector Administrativo;
ch. Dos (2) profesores por cada carrera que se imparta en el Centro Regional,
elegidos entre ellos;
d. Un (1) estudiante por cada carrera que se imparta en el Centro Regional,
elegido entre ellos; y
e. Un (1) representante del sector de Investigación, Postgrado y Extensión.
Los representantes de la Junta de Centro, son escogidos por votación directa entre ellos, cada tres años.
- Reglamento de la Junta de Centros Regionales, Compendio de la Ley Orgánica, Artículos 29, 30, 31 y 32 según ley 17 del 9 de octubre de 1984 (PDF, 22.73KB)
- Reglamento Interno de la Junta de Centro de los Centros Regionales, según ley 17 del 9 octubre de 1984 (PDF, 103KB)